A- de 2017
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Maria Amalfi Angel Bustos·Demandado Instituto Nacional De Medicina Legal Y Ciencias Forenes
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Superior de Villavicencio, Sala Civil-Familia-Laboral y el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
Concluye la Corte que el Tribunal mencionado aplicó una regla de reparto que no desplazaba su competencia, afectando con ello la celeridad y la eficacia en la administración de justicia, así como la protección de los derechos fundamentales de la accionante.
Se dirime el asunto con la remisión del expediente a la precitada autoridad, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la solicitud de amparo invocada.
Se previene a dicho Tribunal para que en lo sucesivo se abstenga de proceder como lo hizo, en tanto ello se opone a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el seis (6) de septiembre de 2017, por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio - Sala Civil, Familia, Laboral, mediante el cual dicho despacho judicial rechazó la competencia para conocer de la tutela interpuesta por la señora María Analfi Ángel Bustos en contra del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses - Dirección Seccional Meta y del Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Villavicencio.
- SEGUNDO. REMITIR el ICC-3027 al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio - Sala Civil, Familia, Laboral, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la acción de tutela de la referencia.
- TERCERO. ADVERTIR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio - Sala Civil, Familia, Laboral para que en lo sucesivo se abstenga de proceder como lo hizo, en tanto ello se opone a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
- CUARTO. Por Secretaría General, COMUNICAR a las partes y Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio de la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.